EL CAUDAL DE LA HERENCIA
En este articulo hablaremos sobre, ¿Qué es el caudal relicto de una herencia? o como es técnicamente conocido: “caudal relicto”.
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1. El caudal relicto en la herencia
El caudal relicto, también conocido como caudal hereditario, es el valor neto del conjunto de bienes, derechos y acciones dejados por una persona a su fallecimiento. Es decir, que del valor que tengan los bienes, derechos y acciones que una persona poseía al momento de su fallecimiento, restamos el valor de las cargas y gravámenes que recaigan sobre los mismos y obtenemos el caudal relicto. Su obtención es pues un primer paso para la determinación de la base imponible del impuesto de sucesiones que, por razón de esa herencia, debemos liquidar a la administración tributaria correspondiente.
2. Cómo calcular el caudal relicto
Para el correcto cálculo del caudal relicto debemos, previamente, identificar los bienes y derechos que pertenecían al fallecido, y en qué porcentaje eran de su propiedad. A continuación, calcular el valor que tenían en el momento del fallecimiento, y de éste deducir el valor de las cargas o gravámenes que pudieran tener. Por ejemplo, una servidumbre, censo o arrendamiento que afecten a una finca. No confundir el término caudal relicto con la masa hereditaria neta, pues para la determinación de ésta debemos sumar al caudal relicto el valor del ajuar doméstico, el de los bienes adicionables y/o acumulables y restar las deudas y gastos existentes. Por otro lado, no se tendrán en cuenta derechos como el de habitación o el usufructo, que se extinguen tras el fallecimiento, para la determinación del caudal hereditario. No dudes en contactar con tu abogado de familia en madrid.
3. División del caudal hereditario
La partición o división del caudal hereditario consiste en determinar los bienes concretos que corresponden a cada heredero, siempre y cuando exista más de uno y posean una parte proporcional de la herencia. Tras la división o partición del caudal hereditario ya no existe una cuota para cada heredero sobre el total de la herencia sino que cada uno obtiene la titularidad sobre unos bienes específicos.
Así lo indica el Código Civil, que dispone lo siguiente en el artículo 1068: “La partición legalmente hecha confiere a cada heredero la propiedad exclusiva de los bienes que le hayan sido adjudicados”. Por lo tanto, en este sentido no basta con que en el testamento se haya especificado una atribución concreta de los bienes, sino que es necesario que se adjudiquen mediante la partición.
4. Intervención del caudal hereditario
El procedimiento de intervención del caudal hereditario consiste en una serie de medidas de prevención urgentes que puede llevar a cabo un juez para proteger los bienes y los efectos de la herencia si resulta necesario. Esta intervención puede iniciarse de dos formas distintas: de oficio (cuando no existan personas que puedan acceder a la herencia o no exista testamento) o a instancia de parte (por el cónyuge, por cualquiera de los parientes o cualquier heredero, por la Administración Pública o incluso por los acreedores).
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