Qué impuestos se pagan en Madrid al recibir una herencia

Qué impuestos se pagan en Madrid al recibir una herencia

Sobre Juan Antonio Garcia Ruiz

Letrado en Activo del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid nº137224, especialista en Derecho Civil, Familia y Contratos

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Antes de aceptar o rechazar una herencia, lo mejor es saber qué impuestos se pagan en Madrid al recibir una herencia. Así, tendrás todos los datos para tomar la mejor decisión. 

¿Qué gastos tiene una herencia en Madrid?

Recibir una herencia en Madrid tiene los siguientes gastos:

  • Impuesto de Sucesiones. Es el principal impuesto que afecta a las herencias. 
  • Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana  (IIVTNU), más conocido como Plusvalía. Afecta únicamente a los inmuebles recibidos mediante herencia. 
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Es un impuesto que se aplica a nivel nacional, por lo que en este artículo nos centraremos en los otros dos, que gestiona directamente Madrid. 

El Impuesto de Sucesiones y la plusvalía tienen un plazo de tiempo corto tras el fallecimiento para pagarlos 6 meses ampliables . Sin embargo, el IRPF se pagará en el momento de hacer la próxima declaración de la Renta.

Impuesto de sucesiones en Madrid: ¿qué es y cómo se calcula?

El Impuesto de Sucesiones es el tributo que se aplica en las transmisiones mortis causa. Es un impuesto que está transferido a las Comunidades Autónomas.

Para calcular el impuesto de sucesiones en Madrid hay que tener en cuenta la masa hereditaria del fallecido y el parentesco que había entre la persona fallecida y el heredero.

Por un lado, al ser el impuesto un porcentaje que se aplica al total de la masa hereditaria, mientras mayor sea ésta, más cantidad habrá que pagar en concepto de impuesto de sucesiones. 

Por otro, cuanto más cercana sea la relación con el heredero, mayor es el porcentaje de bonificación del impuesto:

  • Tíos y sobrinos: 10%
  • Hermanos: 15%
  • Padres, hijos, abuelos, nietos y cónyuges: 99%

Por tanto, el Impuesto de Sucesiones, principal impuesto que se aplica en las herencias, en la Comunidad de Madrid está bonificado hasta en el 99%. Con esto se quiere decir que tan solo se deberá de pagar el 1% de la cuota. 

Este porcentaje, en comparación con otras comunidades del territorio español, es muy muy bajo.

Si, por ver con un ejemplo cómo se tributaria en la Comunidad de Madrid, un heredero recibe una herencia valorada en 200.000 euros y la relación es de padre e hijo, tendría una bonificación del 99%. Por tanto, pagaría un 1% del valor de la masa hereditaria. En este caso, 2.000 euros. 

Si la persona que ha fallecido vive en la Comunidad de Madrid pero el heredero vive en otra región, el pago de Impuesto de Sucesiones deberá realizarse en la comunidad de residencia habitual del fallecido

En caso de que el testador haya vivido en varios lugares en los últimos años se tendrá en cuenta su residencia habitual en los últimos 5 años.

¿Cuándo hay que pagar el impuesto de sucesiones en Madrid?

El plazo para el pago del Impuesto de Sucesiones en Madrid es de 6 meses desde el día del fallecimiento o cuando adquiera firmeza la declaración de fallecimiento. 

El plazo podrá prorrogarse 6 meses más, siendo requisito fundamental presentar la solicitud de prórroga antes de que transcurran los cinco primeros meses del plazo de presentación.

El plazo de prórroga empezará a contar desde el día siguiente al de finalización de los primeros 6 meses establecidos por ley. Además, habrá que pagar intereses de demora por este período de tiempo. 

¿Cuánto se paga de plusvalía por la herencia de un inmueble en Madrid?

Aunque en un primer momento no se tiene en cuenta, también habrá que pagar la Plusvalía Municipal en el caso de recibir inmuebles como parte de la herencia.

La plusvalía es un impuesto local que depende del Ayuntamiento.

En el caso de Madrid, este impuesto sólo habrá que pagarlo si se obtiene una ganancia económica real cuando se transmite la vivienda. Esto quiere decir que el valor de la propiedad en el momento de la herencia tiene que ser superior al valor que tenía la propiedad en el momento en el que fue adquirida por el fallecido.

Para calcular lo que se paga, lo mejor es hacer uso de la calculadora que pone el Ayuntamiento de Madrid a disposición de los contribuyentes. Así, sólo tendrás que introducir los datos y obtendrás la cantidad a pagar. 

Aunque los impuestos que se pagan en Madrid al recibir una herencia no son muy altos, es importante tenerlos en cuenta. Principalmente habrá que hacer frente al Impuesto de Sucesiones y también a la Plusvalía municipal.